Las actividades de un Cuerpo de Bomberos son complejas y múltiples, pero las podemos dividir primeramente en las que se desarrollan de la puerta para adentro, que identificaremos como el Orden Interno, y las que se realizan de la puerta para afuera, que identificaremos como Los Servicios.
El artículo 3º de la Ley provincial 10.917, reconoce el carácter de servicio público a las actividades de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios.
El artículo 23º establece la misión que debe cumplir el Cuerpo Activo:
- Prevención y extinción de incendios.
- Rescate y salvamento de personas y bienes.
- Conservación de los materiales y equipos para salvamento y contra incendio.
- Información y educación de la comunidad, sobre el servicio que les incumbe.
- Intervención, en general, en toda acción que haga a su misión.
Por lo tanto, y siendo tan genérico el alcance de los conceptos de la ley, Bomberos Voluntarios ha procedido a clasificar sus obligaciones para con la comunidad, en primera parte, con relación a la prontitud o urgencia con que se deben prestar.
Así tenemos los:
Servicios de Emergencia
Son los que no admiten dilación de ninguna naturaleza, por lo tanto, se convoca de inmediato al personal y sale a cargo el superior en el momento de la salida.
Incendios en General
Todo servicio que se origine ante la existencia a presunción de un fuego incontrolable. Estos no incluyen los incendios forestales.
Incendios Forestales
Todos aquellos servicios que se originen ante la existencia de un fuego descontrolado, o la presunción del mismo, en los que se vean perjudicados vegetales: pastizales, matorrales, cañaverales, forestaciones, plantaciones, montes, etc.
Auxilios
Todo servicio que se origine ante la existencia o presunción de un hecho de origen natural, accidental o intencional que haya puesto en riesgo la vida de las personas.
Desastres
Son los servicios que se presentan al ser convocado los Cuerpos de Bomberos por la Defensa Civil Municipal o Provincial.
Incidentes con Materiales Peligrosos
Todos aquellos servicios que se originen ante la existencia o presunción de un hecho de origen natural, accidental o intencional que haya puesto en riesgo la vida o bienes de las personas o al medio ambiente, con o sin la existencia de un incendio dentro del mismo hecho, y en el que se vean involucrados materiales clasificados como peligrosos.
Colaboración
Son los servicios que se prestan fuera de la jurisdicción propia de cada institución y generalmente a requerimiento de un Cuerpo vecino que ve sobrepasado su potencial de trabajo.
Servicios Autorizados
Son aquellos que se prestan interviniendo un orden interno pre establecido, con las correspondientes autorizaciones e intervención de personal idóneo o específico para tal cometido.
Especiales
Son los servicios que se originen por diversos hechos no encuadrados dentro de la presente clasificación, que no tenga carácter obligatorio y que la institución determine prestarlo o no. Por ejemplo: la colocación de drizas, pararrayos, desagotes, suministros de agua potable, energía eléctrica, etc.
Guardia
Son los servicios que se prestan destacando personal ante posibles siniestros y por situaciones de riesgo conocidas con antelación. O cuando se hace retención de personal dentro del Cuartel, previniendo las necesidades del mismo, para actuar de inmediato ante un siniestro.
Comando
Es la actividad que desarrolla el personal del Cuerpo Activo a través de su Jefe o quien él designe, representando a la institución ante el Poder Público, Federaciones, Regionales, Escuela de Capacitación, Tribunales de Bomberos, Tribunales de Justicia, etc.
Técnico
Todas las actividades tendientes a ejercer la difusión de actividad o norma de seguridad dentro de la población, la verificación de planos de sistemas contra incendios, la comprobación de equipos contra incendios, de la elaboración de informes técnicos, etc.
Ceremonial
Cuando el personal y/o el material participen en actos patrios, aniversarios, desfiles, honores fúnebres, etc.