La Asociación Bomberos Voluntarios de Olavarría es una asociación civil de bien público que posee personería jurídica y cuyo único fin es la de salvar vidas y bienes.
En las asociaciones de este tipo, la máxima autoridad es la asamblea de los socios.
Está regulada por los Estatutos Sociales, que adecuados a las prescripciones de la Ley Provincial Nº 10.917, le dan igual identidad jurídica y funcional ante todas las demás asociaciones de bomberos voluntarios que funcionan en la Provincia de Buenos Aires.
Cuenta con el reconocimiento de la Dirección Provincial de Defensa Civil que por Disposición le ha otorgado la jurisdicción operativa, ámbito donde presta obligatoriamente los servicios de emergencia que determina la ley respectiva. Esto es en el partido de Olavarría.
Cuenta con un número identificatorio INOBV-038, (Identificación Numérica de los Organismos de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Buenos Aires). El 038 indica el orden cronológico en que se fundó la Asociación, respecto al resto de los Cuerpos de la Provincia.
Se encuentra afiliada a la Federación de Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Buenos Aires, la que tiene su sede social en el partido de Moreno, Pcia. de Bs. As., organismo de Segundo Grado, que por ley nos representa ante los poderes públicos, como además administra y coordina a sus afiliadas, y sostiene a las tres Direcciones que conjuntamente con el Consejo Directivo de la Federación, son las máximas autoridades del sistema. Estas Direcciones son, la de Capacitación, la de Operaciones y la de Ética Bomberil.
Integra además la Región Centro, Zona VI, ámbito en el cual los directivos se organizan y expresan sus inquietudes, promoviendo iniciativas que luego serán llevadas al Consejo Directivo de la Federación.
Los Socios Protectores
Son todos aquellos que habiendo solicitado su incorporación por medio de una Solicitud de Ingreso son aceptados como tales, abonan una cuota mensual, y además de los derechos generales pueden elegir y ser elegidos en las asambleas, integran el Consejo Directivo, y los demás órganos societarios, ejercen la representación institucional, administran y gobiernan a la asociación.
Los Socios Activos
Son todos aquellos que habiendo solicitado su incorporación por medio de una Solicitud de Ingreso, dan cumplimiento a los requisitos elementales de antecedentes, condiciones físicas y psíquicas, cursan y aprueban el Curso Obligatorio de Ingreso, y luego integran el Cuerpo Activo, la Reserva, o el Cuerpo Auxiliar. Estos socios desde el momento de su ingreso definitivo asumen la obligación de prestar los servicios y demás requerimientos que imponen las leyes y los reglamentos.
Como Asociación Civil, de bomberos voluntarios, tiene dos autoridades
El Consejo Directivo, que como vimos es elegido por la asamblea de socios, tiene facultades y obligaciones perfectamente definidas por el Estatuto Social, y sujeta a las normativas del Código Civil.
La fundamental es la conducción y administración de la asociación, que comprende realizar y resolver sobre todos los actos administrativos y representar legalmente a la asociación. La política general de los servicios no regulados por ley, como ser los servicios autorizados y las contraprestaciones de servicios son otras facultades del Consejo Directivo o de la asamblea.
En lo referente al Cuerpo Activo, la facultad más fuerte, es la de ser el contralor por parte de los socios, de controlar el correcto desempeño del Jefe de Cuerpo y de las funciones de su competencia.
El Cuerpo Activo se integra con socios activos, que salvo el derecho a integrar el Consejo Directivo, tienen todos los demás derechos de cualquier categoría de socios.
Este Cuerpo se organiza bajo una estructura piramidal, o sea bajo un Escalafón Jerárquico, que determina, según la capacidad, antigüedad e idoneidad, distintos grados jerárquicos, y son comandados por uno de ellos, que bajo la denominación de Jefe de Cuerpo, es la máxima autoridad de este, como tal es miembro permanente del Consejo Directivo y tiene como asesores al cuerpo de oficiales.
El Cuerpo Activo tiene obligaciones de ley, de reglamentos, de Directivas y de Órdenes de Jefatura.
La Jefatura la integran el Jefe de Cuerpo, el Segundo Jefe de Cuerpo y los Oficiales como Jefes de Secciones, de Destacamentos o de Servicios.
El Cuerpo Activo tiene como obligación principal, prestar los servicios, mantener los equipos y elementos y prestar colaboración a todo emprendimiento social.